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Exceptuando unos pocos capítulos, todos los apartados importantes de los anales de la revolución de 1848 a 1849 llevan el epígrafe de ¡Derrota de la revolución!

Pero lo que sucumbía en estas derrotas no era la revolución. Eran los tradicionales apéndices prerrevolucionarios, resultado de relaciones sociales que aún no se habían agudizado lo bastante para tomar una forma bien precisa de contradicciones de clase: personas, ilusiones, ideas, proyectos de los que no estaba libre el partido revolucionario antes de la revolución de Febrero y de los que no podía liberarlo la victoria de Febrero, sino sólo una serie de derrotas.

En una palabra: el progreso revolucionario no se abrió paso con sus conquistas directas tragicómicas, sino, por el contrario, engendrando una contrarrevolución cerrada y potente, engendrando un adversario, en la lucha contra el cual el partido de la subversión maduró, convirtiéndose en un partido verdaderamente revolucionario.

Demostrar esto es lo que se proponen las siguientes páginas.

Karl Marx, La lucha de clases en Francia



"Primero vinieron a buscar a los comunistas, y yo no hablé porque no era comunista. Después vinieron por los socialistas y los sindicalistas, y yo no hablé porque no era lo uno ni lo otro. Después vinieron por los judíos, y yo no hablé porque no era judío. Después vinieron por mí, y para ese momento ya no quedaba nadie que pudiera hablar por mí"






sábado, 2 de mayo de 2009

LA LEY CONTRA EL ISSSTE. Una investigación independiente


A continuación reproducimos un documento de análisis elaborado por José T. Cardoza, abogado y docente de la Escuela Normal de México, mismo que se puede encontrar en la web de La Voz de la RESiSSSTENCIA: http://www.lavozdelaresistencia.org/

EL CONTEXTO DE LA REFORMA

El Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial, organismos reguladores que coordinan la política del capitalismo en el mundo, implementan desde hace décadas medidas tendientes a la privatización de los fondos de seguridad social y en especial de los fondos de pensión. Son ellos en realidad los autores de la propuesta de reforma a la ley del ISSSTE, injustificadamente atribuida a Elba Esther Gordillo, Joel Ayala o a Felipe Calderón. Hay que reconocer que ellos sólo son los operadores políticos para su aprobación, darles la autoría sería sobreestimarlos. Unos mueven los hilos, los titiriteros (FMI-BM), otros, los títeres, ponen la cara, (los políticos) Gordillo-Ayala-Felipillo.
Los golpes continuos de los títeres neoliberales, han obligado a los trabajadores a rebasar y superar el sectarismo e infantilismo, y se encuentran en el difícil proceso dialéctico de construir la UNIDAD en la acción misma.
La experiencia aconseja no enfrentar luchas de manera aislada. Hoy, hay mayor nivel de conciencia y una creciente confianza en el número y fuerza de la clase trabajadora del campo y la ciudad. Y este cambio cualitativo, despierta el temor de los capitalistas a la unidad y movilización cada vez más unitarias, con nuevos sectores que se incorporan en cada lucha: La reacción de la clase política es adoptar conductas típicas de ladrones, que aprovechan que las familias de trabajadores se van de puente el 19-21 de marzo y de vacaciones de semana santa, para robarles el patrimonio. Ya que la “Ley CONTRA el ISSSTE” impulsada por Gordillo-Ayala, representa un auténtico robo de la propiedad social del ISSSTE, que aprobarán las desprestigiadas cámaras de diputados y senadores, obedeciendo las ordenes del Fondo Monetario Internacional (FMI) y el Banco Mundial (BM) desapareciendo la seguridad social, transformándola en “seguridad” individual-mercantil capitalista.

Con el golpe quieren aturdirnos, para después avanzar en las “reformas estructurales”. Pero el robo, sólo servirá de acicate para la UNIDAD, incorporando a la lucha a nuevos y numerosos contingentes, que en su momento convertirán la aprobación de la Ley gordillo-ayala en una victoria fugaz, momentánea, pírrica. La guerra ha iniciado y la acumulación de fuerzas por la clase trabajadora es evidente y terminara en el triunfo final de los trabajadores sobre la ridícula minoría de millonarios y su gobierno.
Enorme es el odio de Elba Esther Gordillo y de Joel Ayala contra los trabajadores, y grande es su amor por el poder y el dinero, que olvidan sus pleitos para unirse y aniquilar la seguridad social perjudicando a millones de trabajadores a los que condenan a ser victimas de los banqueros.

La Coordinadora de Trabajadores en Defensa del ISSSTE (CDT-ISSSTE) y el Comité de Trabajadores en Defensa de los Sindicatos (COTDESI) declaramos la Alerta roja general y permanente en junio de 2006; señalando que la derecha PANISTA y sus aliados del PRI-PVEM, PANAL-PASDC, iban a aprovechar las vacaciones de julio y agosto de 2006 para imponer la propuesta del priísta Joel Ayala contra el ISSSTE.



Pero se les atravesó López Obrador y tuvieron que distraerse en resolver el fraude electoral e imponer a Calderón en la Presidencia. “Resuelto” lo electoral, hoy van con todo por sus “reformas estructurales” que contemplan las llamadas reformas a la seguridad social (privatizar IMSS-ISSSTE) fiscal (IVA en alimentos y medicinas), laboral (contra la Ley del Trabajo), energética (privatizar PEMEX y la luz eléctrica) y educativa (RES-RIEP-privatización).

Los continuos ataques de la derecha, han obligado que nuevos y potentes contingentes se sumen a la lucha en este periodo. A los campesinos e indígenas de Chiapas, EZLN-FZLN, Atenco, etc. se han sumado los trabajadores del IMSS, los Colegios de Bachilleres, los mineros-metalúrgicos y sus dos huelgas generales que han abarcado a 240 mil trabajadores, los trabajadores de los ingenios azucareros, los millones de participantes en las luchas contra el desafuero y el fraude electoral, el magisterio agrupado en la CNTE, el pueblo de Oaxaca organizado en la APPO, los electricistas del SME que han roto el tope salarial, y la radicalización de sectores clave de centrales sindicales como la UNT, CROC, CROM, o el Frente Sindical Mexicano y el Dialogo Nacional, incluso sectores minoritarios de la CNC y de la CTM, cada uno con diferente concepción y firmeza, pero todos, en busca de la unidad.

La búsqueda de la unidad desde abajo, se presenta, dentro del giro a la izquierda de las masas en Latinoamérica y el movimiento de los millones de latinos que han marchado recientemente dentro del imperio mismo, en los mismos Estados Unidos que tiene desde hace varios años una economía casi paralizada y sin perspectivas de mejorar. Y el ejemplo irreverente, revolucionario de Venezuela y las luchas de sus trabajadores agrupados en el FRETECO, que a la política patronal responden con la toma de fábrica bajo control obrero, sin patrones y burócratas, lucha que es un ejemplo que no tardaran en seguir los trabajadores de .toda América y de México.

La clase trabajadora ha acumulado experiencia, e identifica como su enemigo al capitalismo. Ha iniciado el proceso de construcción de una alternativa propia, de clase, que estoy seguro culminara con un gobierno de trabajadores del campo y la ciudad. Un gobierno socialista.
La aprobación con tácticas de ladrón de la propuesta de LEY CONTRA EL ISSSTE será pírrica. Pero mejor pasemos a hablar de la propuesta Gordillo-Ayala CONTRA el ISSSTE.

UNA INVESTIGACIÓN INDEPENDIENTE
1.- Este folleto, tiene dos antecedentes directos, ambos con el tema del ISSSTE: Los folletos “Cumplir la ley antes de transformarla” y “La propuesta de Joel Ayala - ¿Un regalo de los reyes magos?. El presente es una actualización de la investigación sobre el derecho laboral y de la seguridad social que por casi veinte años he seguido. En él, trato de evitar caer en el juego perverso de la patronal y evito ser su vocero, su repetidor; papel que han asumido de manera inconsciente muchos compañeros que hablan de “la Nueva ley del ISSSTE” o de posibles bondades de la ley.
Trato de analizar la PROPUESTA de Ley CONTRA el ISSSTE publicada en la gaceta parlamentaria de la cámara de diputados el 15 de marzo de 2007. Analizo el fondo y no la forma. Incluyo temas inéditos o ignorados en la propuesta de ley y no tratados en la discusión cotidiana. Espero contribuir con inteligencia, iniciando el análisis desde el contexto social, político, económico y jurídico; sin ser, insisto, un repetidor o vocero de la derecha.


EL DERECHO MERCANTIL SUSTITUYE AL DERECHO LABORAL Y DE LA SEGURIDAD SOCIAL

2.- La Ley CONTRA el ISSSTE, o ley gordillo-ayala, es una propuesta, que debía ser discutida, pero el temor a las masas trabajadoras impulsa a la derecha a aprobarla con el método del ladrón. Elba Esther Gordillo y Joel Ayala Almeida están obligados a defender las conquistas de los trabajadores, pero su ambición de poder y riqueza los lleva a impulsar una propuesta de ley que acaba con la seguridad social (socialista) y la transforma en una vulgar “seguridad” individual (capitalista).

La Ley contra el ISSSTE, desde la exposición de motivos aclara que ABROGA (quita totalmente) la Ley del ISSSTE, y crea otra ley del ISSSTE. Acaba el ISSSTE social y crea un ISSSTE individualista-mercantil.Es el ISSSTE social (socialista) contra un ISSSTE individual-mercantil (capitalista). Importante es señalar y comprender lo anterior, ya que nos permitirá comprender los graves errores con los cuales se pretende beneficiar una minoría de capitalistas, afectando a los trabajadores del ISSSTE social.
3.- Contrario a lo que se ha difundido, la Ley CONTRA el ISSSTE, reforma no sólo al ISSSTE, sino también al IMSS, desapareciendo la rama del derecho denominada Seguridad Social e innovando con una nueva rama del derecho a la que he llamado seguridad individual-mercantil. Ya no habrá derecho de la seguridad social, esta desaparece con la nueva seguridad individual capitalista, que no tendrá sus raíces en el derecho laboral, sino en el derecho mercantil.


4.- Para las controversias o interpretación de la norma, no se invocara más la ley laboral y su procedimiento. Las leyes laborales como la Ley Federal del Trabajo, la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado y el procedimiento laboral serán sustituidos por el procedimiento mercantil y administrativo y se invocarán códigos y leyes mercantiles como: el Código de Comercio, la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, la Ley de Protección al Ahorro Bancario, la Ley de Instituciones de Crédito, la Ley de Inversión Extrajera, la Ley Sobre el Contrato de Seguro, la Ley General de Sociedades Mercantiles, la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, la Ley de Sociedades de Inversión, del Mercado de Valores, la Ley Federal de Correduría Pública, la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, la Ley para Regular las Sociedades de Información Crediticia y en su momento la Ley Federal de Protección al Consumidor, y la Ley General de Deuda Pública. Es decir el triunfo total y definitivo del capitalismo.
La Ley CONTRA el ISSSTE, la ley gordillo-ayala, impone el derecho mercantil, y los órganos competentes para resolver las controversias serán la comisión nacional bancaria y de seguros y la secretaría de hacienda. Es el regreso de los neo-porfiristas con Santiago Creel al frente, y la eliminación “fast track” del derecho laboral y de la seguridad social al que sustituyen por el derecho privado en su rama mercantil.

Es el regreso de los neo-porfiristas con Santiago Creel al frente, y la eliminación “fast track” del derecho laboral y de la seguridad social al que sustituyen por el derecho privado en su rama mercantil.






EL DERECHO LABORAL Y DE LASEGURIDAD SOCIAL

5.- Grandes juristas de la UNAM como Mario de la Cueva, Trueba Urbina y otros muchos, hablaban en sus libros y cátedras del derecho laboral y de la seguridad social, producto de la lucha armada de la revolución de 1910-17, en donde las masas trabajadoras impusieron sus reivindicaciones, plasmadas en los artículos 3º, 27 y 123 de la Constitución de 1917.
6.- La seguridad social, que garantiza la solidaridad intergremial y generacional, de clase, cuyas tres instituciones base son: el IMSS, el ISSSTE y el ISSFAM, desaparecerá, con la privatización del ISSSTE y del IMSS si se permite el avance de la derecha patronal.Sólo el ISSFAM (Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas de México) continuara sólido y sin ataques en lo inmediato, ya que privatizarlo sería provocar un golpe de estado ante el malestar de las fuerzas armadas contra un intento de modificar su ley como pretenden hacerlo en este ataque artero contra el ISSSTE.

LAS FUERZAS ARMADAS DE MÉXICO Y LA SEGURIDAD SOCIAL
7.- El ISSFAM funciona bajo un esquema socialista de seguridad social. Los oficiales y tropa del ejército, marina y aviación reciben servicios en un esquema similar al ISSSTE (social o socialista). Existen entre el ISSSTE y el ISSFAM sólo dos grandes diferencias:

a) Los soldados y oficiales NO contribuyen con un solo centavo para su mantenimiento, es el gobierno el que paga completamente los servicios. B) Cuando alcanzan el derecho a pensión o jubilación (haber de retiro) los soldados y oficiales incrementan su salario ya que al retirarse lo hacen con el grado inmediato superior.A pesar de esta carga, en el ISSFAM no hablan de crisis, ni de reformarlo. Si los trabajadores afiliados al ISSSTE no pagáramos el 8% de nuestro salario y al momento de jubilarnos la pensión fuera mayor al pasar a la categoría inmediata superior como sucede en el ISSFAM, peor aullarían los diputados y senadores de la derecha. Pero frente al ISSFAM, frente a los soldados armados callan, de manera cobarde no los mencionan en sus “debates”.
Estos diputados y senadores seguramente callarían sus bocazas si los trabajadores estuviéramos armados.

En Chile, país en donde Pinochet, títere de los “chicago-boys” inicio el SAR, las Afore y Siefores, también han callado frente a la seguridad socialista de las fuerzas armadas del ISSFACH.


DERECHO LABORAL VS. DERECHO MERCANTIL

8.- La todavía vigente ley del ISSSTE, condenada a ser abrogada, señala que en caso de existir controversia sobre interpretación de la norma, obliga a la aplicación de principios jurídicos como el “In Dubio Pro Operario”, el cual significa que: en caso de duda se deberá interpretar y aplicar la ley de la manera más favorable al trabajador, (artículo 18 de la Ley Federal del Trabajo y jurisprudencia de la Suprema Corte) y considera competentes a las autoridades laborales para su vigilancia y aplicación, siendo la Secretaria del Trabajo la autoridad “autorizada” (sic). Es decir otorga una serie de derechos, todos favorables para la aplicación e interpretación de la ley a favor de los trabajadores no importando su régimen jurídico.
9.- La Ley CONTRA el ISSSTE, o ley gordillo-ayala que pretende imponer la derecha, opera en sentido contrario: Anula los derechos de los trabajadores, y otorga privilegios indebidos a los banqueros. Elimina a las autoridades laborales en la supervisión, interpretación y aplicación de la ley, y señala que será la Secretaría de Hacienda y la CONSAR dependiente de hacienda, las encargadas de interpretar y aplicar la ley.Pruebas contundentes de este aspecto negativo en donde se remite para la interpretación de la ley a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y por pura casualidad, el actual secretario de hacienda es Agustín Cartens, ex director ejecutivo del Fondo Monetario Internacional (FMI), quien fue adiestrado en la Universidad de Chicago, en donde egreso como un destacado “chicago boy” (ver artículos 24, 71, 94, 95, 110, 149, 160, 169, 170, 189, 204, 210, 220, 222, 226, 234, 239, 247, y 254).
Basta citar textualmente uno sólo de los artículos de la Ley CONTRA el ISSSTE, para confirmar la afirmación de que se instrumenta el cambio del derecho laboral de la seguridad social al derecho mercantil de la seguridad individual.

“Artículo 254. La interpretación de los preceptos de esta Ley, para efectos administrativos, corresponderá a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.”Y da la casualidad, de que todos los aspectos son administrativos.

Dos preguntas básicas para los abogados que con su silencio cómplice ayudan a dar muerte al derecho de la seguridad social: ¿No deberían ser las autoridades laborales las que interpretaran la Ley del ISSSTE derivada del derecho laboral?. ¿Qué tiene que hacer la secretaría de hacienda interpretando las normas de seguridad social derivadas del derecho laboral?. Nada dirían los juristas clásicos del derecho laboral y nuestros abuelos trabajadores. Pero es que hoy ya no existe seguridad social, hoy es seguridad individual-mercantil.

10.- La Ley CONTRA el ISSSTE ya NO es reglamentaria del Apartado “B” en su fracción XI del artículo 123 Constitucional. Para nada se menciona en la Ley gordillo-ayala a las autoridades laborales, al derecho laboral, pero continuamente son mencionadas instancias del derecho mercantil como la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas, (artículos 54, 81, 122) la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (177 y 191), la CONSAR (13, 22, 26, 54, 87, 91, 93, 98, 99, 101, 106, 109).

Otra prueba, entre los muchos artículos que revelan la muerte del derecho de la seguridad social a manos del derecho mercantil es que la regulación y supervisión del pensionissste corresponde a la CONSAR que es un órgano administrativo desconcentrado dotado de autonomía técnica y facultades ejecutivas dependiente de, ¿adivinen?: de la Secretaría de Hacienda (artículo 1º de la Ley del SAR).

“Artículo 106. El PENSIONISSSTE estará sujeto para su operación, administración y funcionamiento, a la regulación y supervisión de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, debiendo cumplir con las disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y las reglas de carácter general que emita dicha Comisión aplicables a las Administradoras.”

Con todas las facultades legales, el secretario de hacienda es hoy un súper funcionario. Así, el “chicago boy” Agustín Cartens que fue el número 3 dentro de la jerarquía del FMI, cumple directamente las ordenes de sus amos.


ESTRATEGIA PATRONAL CONTRA LA CLASE TRABAJADORA

11.- La vieja estrategia del divide y vencerás aplicada por los neoliberales se expresa en esta etapa en su mayor esplendor.
12.- El materialismo dialéctico marxista, define el derecho como la voluntad de la clase dominante erigida en ley. Y siendo México un país capitalista, el derecho corresponde a los intereses de la clase capitalista. Pero esta misma dialéctica nos enseña que en la lucha de clases; las clases dominadas, demostrando su capacidad de organización y disposición de lucha, son capaces de imponer al grupo dominante ciertas reivindicaciones, las cuales son aceptadas por la burguesía momentáneamente, en espera del momento oportuno, para incumplirlas, modificarlas y en su momento anularlas.

Este proceso lo hemos vivido en México, cuando nuestros abuelos-trabajadores mediante el movimiento revolucionario de 1910.17 impusieron los artículos 3º (educación), 27 (reforma agraria) y 123 (derechos laborales). Pero los capitalistas y sus gobiernos esperaron el momento de que nuestros padres-trabajadores se descuidaron, y en una 1a. etapa fueron incumpliendo las leyes; En una 2a. etapa fueron complicando la legislación para imponer criterios de jurisprudencia y administrativos contrarios a los intereses de los trabajadores del campo y la ciudad; Y en una 3ª. etapa los han ido eliminando, desapareciendo los derechos heredados por nuestros abuelos-trabajadores en la Constitución 1917, como consta de un análisis simple de los artículos 27, 3º y hoy del 123 y la Ley Contra el ISSSTE.

13.- Así los descendientes de los hacendados porfiristas, como Joaquín Terrazas Creel, asesino de apaches, y enemigo número uno de Pancho Villa, los Garza Sada, etc. a través de sus descendientes los Terrazas, los Creel, etc. hoy organizados en el PAN cobran venganza contra los nietos-trabajadores impulsando las llamadas reformas estructurales.


14.-Pero el proceso histórico nos enseña que estos triunfos son momentáneos y sólo aceleran el proceso de toma de conciencia de la clase trabajadora que cada vez entiende mejor que en este país nada se mueve sin su intervención.15.- Y recordando a doña Rosario Ibarra de Piedra, “No hay fábricas que funcionen sin trabajadores, pero si hay fábricas que funcionan sin patrones”. Es decir en este país los trabajadores somos necesarios, pero los patrones-capitalistas no lo son, por que el país puede funcionar sin ellos.


ASPECTOS CLAVE DE LA PROPUESTA DE LEY CONTRA EL ISSSTE

16.- Desde la creación del ISSSTE en 1960, los trabajadores hemos aportado muchos miles de millones de pesos a los diversos fondos de nuestro Instituto, y HOY, la derecha en el gobierno, sus partidos y algunos despistados, con cinismo dicen que el ISSSTE esta en quiebra, pero de manera tramposa eluden las preguntas: ¿Qué pasó con los fondos de miles y miles de millones de pesos que hemos aportado por décadas las diversas generaciones de trabajadores?, y ¿Por qué no los guardaron e incrementaron como establece la ley?. Puras evasivas nada responden. Silencio que confirma el saqueo.

Cualquiera en su sano juicio sabe que si un barril tiene fugas, mientras no se tapan estas fugas no debe volverse a llenar el barril. ¿Por qué la prisa de reformar la ley?. ¿Dónde están las fugas y los culpables? ¿Por qué la gran urgencia de aprobar la Ley CONTRA el ISSSTE?. Esa urgencia ¿será para borrar las huellas del robo?, por eso insisten en modificar la ley y no les importa el grave perjuicio a trabajadores y derechohabientes.
17.- Que hay crisis financiera, que faltan recursos, los trabajadores no somos los culpables, y no tenemos por que pagar con incrementos en las cuotas y disminución de nuestros salarios las culpas de los corruptos administradores. Son ellos los culpables, ellos deben pagar y no los trabajadores. Primero debe haber auditorias.
Los trabajadores exigimos que se ubique donde están las fugas millonarias, exigimos auditorias independientes, exigimos que regresen el dinero y los recursos que se llevaron, que se cumpla la ley y se castigue a los culpables, y sólo después analizaremos y nunca antes permitiremos los cambios. Y si avanzan con su ley, lucharemos por rescatar el ISSSTE, expropiar a los expropiadores y meter a la cárcel a los defraudadores.
Los malos administradores, los que hundieron al ISSSTE y al IMSS hoy quieren meter las Afore, cuando NO son necesarias. Estas, las AFORE sólo benefician a los banqueros.
Son famosas las AFORE como sitios en donde despojan a los jubilados, pensionados y sus familiares cuando se presentan a cobrar los fondos del SAR. Cada vez son más las quejas de fraude contra los empleados de los bancos que descuentan grandes cantidades de dinero a los trabajadores sin justificación legal alguna.
LA DISPERSIÓN DEL DERECHO LABORAL
18.- Existen pocos abogados laboralistas que litiguen del lado de los trabajadores, pero de estos pocos, no he encontrado ninguno que se preocupe por la investigación en seguridad social, Tal vez existan algunos como excepción. Lo que es preocupante por el excesivo avance de la patronal y la urgente alerta general sobre el estado actual real del derecho laboral.
19.- Al promulgarse la Constitución en 1917, sólo existía un artículo constitucional, el 123. No había apartados, estos se impusieron después, El original artículo 123 regulaba lo relativo a la relación jurídica de trabajo y a la previsión y seguridad social. Hoy hay SEIS artículos constitucionales que regulan aspectos de laborales, el 3º, el 41, el 99, el 115 y el 116.
Al artículo 123 lo dividieron en dos apartados, el “A” y el “B” y se incluyen fracciones especiales sobre trabajadores bancarios (fracción XIII bis) y previsión y seguridad social para militares (fracción XIII). Dividiendo a su vez la competencia en local y federal (fracción XXXI), estas modificaciones contribuyen a la dispersión y división de los trabajadores, usando pretextos legales y criterios administrativos les niegan o retardan el cumplimiento de sus derechos.
Así encontramos lo siguiente:El artículo 3º para los trabajadores de las universidades autónomas por ley.El 115 para los trabajadores de los municipios.El 116 para los trabajadores de los Estados.El 41 para los trabajadores del IFE.El 99 para los trabajadores del TRIFE.



20.- Producto de esta multiplicación de artículos, encontramos que actualmente existen once leyes federales que regulan aspectos laborales y de la previsión y seguridad social, y también que hasta el momento existen 92 leyes locales (estatales y del DF) que regulan aspectos laborales y de la previsión y seguridad social. Es decir 6 artículos constitucionales (ver tabla I), 11 leyes federales (ver tabla II) y 92 leyes estatales (ver tabla III), que hacen en conjunto, además de la Constitución, 103 leyes diferentes, a las que se deben sumar 62 Convenios Internacionales (ver tabla IV) que también regulan aspectos laborales.Todo un caos jurídico, que convierte el derecho laboral en algo excesivamente complicado para el trabajador común y que explica en parte, la lentitud en la reacción ante la propuesta de imponer la Ley CONTRA el ISSSTE.






22.- Este hecho se agrava por que, al pretender abrogar la ley vigente reglamentaria, olvida,
incorporar varias de las prestaciones que deben estar de manera obligada en una ley reglamentaria del Apartado “B” del artículo 123 Constitucional como se desprende de la lectura de su fracción XI.
“Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social para el trabajo, conforme a la Ley.“B. Entre los Poderes de la Unión, el Gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores:XI. La seguridad social se organizará conforme a las siguientes bases mínimas:a) Cubrirá los accidentes y enfermedades profesionales; las enfermedades no profesionales y maternidad; y la jubilación, la invalidez, vejez y muerte.b) En caso de accidente o enfermedad, se conservará el derecho al trabajo por el tiempo que determine la ley.c) Las mujeres durante el embarazo no realizarán trabajos que exijan un esfuerzo considerable y signifiquen un peligro para su salud en relación con la gestación; gozarán forzosamente de un mes de descanso antes de la fecha fijada aproximadamente para el parto y de otros dos después del mismo, debiendo percibir su salario íntegro y conservar su empleo y los derechos que hubieran adquirido por la relación de trabajo.
En el periodo de lactancia tendrán dos descansos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos. Además, disfrutarán de asistencia médica y obstétrica, de medicinas, de ayudas para la lactancia y del servicio de guarderías infantiles.d) Los familiares de los trabajadores tendrán derecho a asistencia médica y medicinas, en los casos y en la proporción que determine la ley.e) Se establecerán centros para vacaciones y para recuperación, así como tiendas económicas para beneficio de los trabajadores y sus familiares.f) Se proporcionarán a los trabajadores habitaciones baratas, en arrendamiento o venta, conforme a los programas previamente aprobados. Además, el Estado mediante las aportaciones que haga, establecerá un fondo nacional de la vivienda a fin de constituir depósitos en favor de dichos trabajadores y establecer un sistema de financiamiento que permita otorgar a éstos crédito barato y suficiente para que adquieran en propiedad habitaciones cómodas e higiénicas, o bien para construirlas, repararlas, mejorarlas o pagar pasivos adquiridos por estos conceptos.Las aportaciones que se hagan a dicho fondo serán enteradas al organismo encargado de la seguridad social regulándose en su Ley y en las que corresponda, la forma y el procedimiento conforme a los cuales se administrará el citado fondo y se otorgarán y adjudicarán los créditos respectivos.”Como se desprende de un análisis simple, la propuesta de Ley CONTRA el ISSSTE viola la Constitución ya que no contempla todas y cada una de las prestaciones que aparecen subrayadas con negro y que se incluyen en la Tabla V




RENUNCIAN A PRESTACIONES DE LA TODAVÍA LEY VIGENTE DEL ISSSTE
23.- Otro grave crimen de la ley gordillo-ayala (Ley CONTRA el ISSSTE) es que al presentarla a nombre de la FSTSE y del SNTE sin consultar a sus agremiados, lo cual es una violación a los estatutos de la FSTSE y del SNTE, renuncian a prestaciones ya ganadas y establecidas tanto en en la Constitución como en la todavía ley vigente del ISSSTE como son: los servicios integrales de retiro a pensionados y jubilados y los servicios que contribuyan a mejorar la calidad de vida del servidor público y sus familiares derechohabientes. (ver Tabla VI)



Esta pérdida, o renuncia de prestaciones ya ganadas y establecidas en la Constitución o en la Ley todavía vigente nos responde a la pregunta. ¿Quién pierde y quien gana con la “nueva” Ley CONTRA el ISSSTE, gordillo-ayala?.

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