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Exceptuando unos pocos capítulos, todos los apartados importantes de los anales de la revolución de 1848 a 1849 llevan el epígrafe de ¡Derrota de la revolución!

Pero lo que sucumbía en estas derrotas no era la revolución. Eran los tradicionales apéndices prerrevolucionarios, resultado de relaciones sociales que aún no se habían agudizado lo bastante para tomar una forma bien precisa de contradicciones de clase: personas, ilusiones, ideas, proyectos de los que no estaba libre el partido revolucionario antes de la revolución de Febrero y de los que no podía liberarlo la victoria de Febrero, sino sólo una serie de derrotas.

En una palabra: el progreso revolucionario no se abrió paso con sus conquistas directas tragicómicas, sino, por el contrario, engendrando una contrarrevolución cerrada y potente, engendrando un adversario, en la lucha contra el cual el partido de la subversión maduró, convirtiéndose en un partido verdaderamente revolucionario.

Demostrar esto es lo que se proponen las siguientes páginas.

Karl Marx, La lucha de clases en Francia



"Primero vinieron a buscar a los comunistas, y yo no hablé porque no era comunista. Después vinieron por los socialistas y los sindicalistas, y yo no hablé porque no era lo uno ni lo otro. Después vinieron por los judíos, y yo no hablé porque no era judío. Después vinieron por mí, y para ese momento ya no quedaba nadie que pudiera hablar por mí"






jueves, 28 de enero de 2010

Libertad inmediata a los presos de Candelaria Campeche

• Magistrado Federal reconoce la inexistencia de los delitos imputados a los Presos Políticos de Candelaria, Campeche

• Ordena en una resolución de Amparo que se reclasifique el delito o que se dicte el Auto de Libertad correspondiente.

• Su inocencia está probada, su libertad tiene que ser incondicional e inmediata, mantenerlos en prisión es un acto de represión política por parte del Gobierno Federal.

El pasado viernes 8 de enero, fue notificada la resolución de un Juicio de Amparo que se interpuso en el Tribunal Unitario de Circuito de Mérida en contra del Auto de Formal prisión que mantiene en la cárcel a Sara López González, Joaquín Aguilar Méndez y Guadalupe Borjas Contreras y mantiene bajo proceso a Elmer y Guadalupe Lizcano, en esta notificación el Magistrado resolvió que “no se acreditan ninguno de los 2 delitos por los que se dictó el auto de formal prisión atacado”, y por lo tanto ordenó al Juez Segundo de Distrito con sede en Campeche que “se sirva a reclasificar el delito bajo el que se dictó el auto de formal prisión o en su caso de no poder hacerlo por no modificar los hechos, se sirva a dictar el auto de libertad correspondiente”.

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