Debido a que los panistas no se atreven a dar la cara, ponemos a su amable disposición la reforma:
En esta reforma se encuentran sutilezas como la siguiente:
II. Se ofenden los derechos de la sociedad en los casos previstos en las leyes y en los siguientes:
a) Cuando declarada una huelga en los términos que establece esta ley, se trate de sustituir o se substituya a los huelguistas en el trabajo que desempeñan, sin haberse resuelto el conflicto motivo de la huelga, salvo lo que dispone el artículo 936.
Siendo que en esta "propuesta" de reforma, el artículo 936 ¡no se encuentra por ningún lado!
Del mismo modo, ponemos a su disposición, la Ley Federal del Trabajo Vigente, con última modificación fechada 17 de enero de 2006, esta si se puede encontrar en la página de la Cámara de Diputados
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Deja un comentario